sábado, 21 de mayo de 2011

OSCAR CORREAS

LENJUAJE E INTERPRETACIÓN  JURÍDICA

En el lenguaje cotidiano la gente suele usar palabras sin saber su significado real, sino solo por costumbre y porque han sido transmitidas de generación en generación; incluso  hemos aprehendido palabras incorrectas de las que tenemos la creencia  que usamos de una manera adecuada, sin sospechar siquiera lo equivocados que estamos.  Pueden existir ejemplos diversos para  corroborar lo anterior, solo basta con escuchar  atentamente como es que son empleadas estas palabras y  dentro de que contexto.

Este problema del uso inadecuado del lenguaje no escapa a la ciencia jurídica, sino todo lo contrario, pues nuestros ordenamientos en ocasiones presentan diversas ambigüedades  ya que una palabra nos puede remitir a uno o varios significados o interpretaciones diferentes, dependiendo el contexto .social, cultural o espacial en que se encentren, y en este caso el problema surgirá en el momento en que  queramos invocar la norma que contiene un concepto no claro o sujeto a diferentes interpretaciones.

Dado que el Derecho es una ciencia que se construye a través del uso e interpretación del lenguaje, existen diferentes teorías o autores que en este sentido pretenden resolver los problemas de aplicación práctica; el Doctor Oscar Correas, nos dice que el mundo del  derecho es un mundo del lenguaje, que es usado para dar coherencia a las actividades humanas, ya que mediante las palabras se les  da un significado, y es así como se les otorga un valor determinado, “las cosas son lo que el lenguaje dice que son”, porque expresan solo una determinada cosa o idea.

En este sentido, si tenemos en cuenta que el lenguaje es la fuente de construcción del derecho y como lo señala Oscar Correas el derecho es un factor de poder que existe en tanto es creado por alguien que lo detenta y  que existe en tanto éste poder lo dicta, dentro de una estructura en la que se entrelazan varios discursos.  El lenguaje  por eso en este caso es fundamental puesto que de esta manera no se esta al arbitrio del tribunal quien emite una resolución, pero luego la cambia dándole una diversa interpretación, señala también el autor en cuestión que en el discurso del derecho se ve implicado el sentido que le demos a algo, lo que crea incertidumbre . De manera que dentro del lenguaje y sus funciones, la hermenéutica, que como ya se ha señalado  la interpretación histórica y en conjunto para desentrañar el significado de algo, en este caso de la norma, que aunque su buena realización requiere una adecuada interpretación, debemos tener en cuenta que el lenguaje por cuestión cultural e histórica se ha deformado y no hacemos un uso correcto de el, e inclusive en muchas ocasiones está determinado por el contexto social, por lo que una palabra no significará lo mismo para un pequeño grupo o una localidad que para otro grupo con diferentes características.


Respecto a si existe una interpretación adecuada de la ley,  sostiene que todo va a depender de la ley de que se trate, ya que el sector social es el que debe sostener una imposición al respecto, ya que primero debe convencerse al sometido al que va dirigido la norma, ya que este debe estar plenamente convencido que existe una ciencia que señala cual es lo correcto y que no lo es dentro de la  aplicación de las normas.

LA ARGUMENTACIÓN ES UN JUEGO DE PALABRAS.

LA ARGUMENTACIÓN ES UN JUEGO DE PALABRAS.

Al darle un lenguaje significativo a las cosas realizamos la interpretación, que se  manifiesta al momento en que  la comunicamos y expresamos a los demás.  Pero al comunicarnos debemos hablar el mismo lenguaje, constituido por un conjunto de símbolos, señales o signos que a su vez forman un código.


La interpretación constituye una actividad  racional en la que nos apropiamos de las características del objeto en estudio para asimilarlas formando un concepto de las mismas para poder expresar el significado que han adquirido para nosotros. 

Por otro lado,  el intérprete comunica o expresa a los demás el significado acordado que se le ha dado a algo.

En cuanto al objeto a interpretar señala Tamayo “El objeto por interpretar puede ser un lenguaje o bien (los términos de un lenguaje) En este caso, la función significativa de la interpretación consiste en la incorporación de un determinado significado a ciertos signos, términos o palabras a fin de hacerlos corresponder con determinados objetos”.[1]

Dentro del lenguaje jurídico las principales actividades interpretativas son tendentes  a la aplicación y a la creación del orden jurídico.

Tamayo señala que  la argumentación es un juego, y que el argumento no busca persuadir o convencer, sino establecer una proposición que no pueda ser vencida o refutada, ya que de esta forma nos acercamos a la realidad; en este juego el ámbito espacial están bien delimitado por  los jugadores, y el ámbito material está definido por las jugadas del juego; esto es  lo que hace a la argumentación  diferente a la retórica, ya que en esta se hace necesario que se busquen argumentos que mejor se adapten al auditorio para convencerlo.

Un  argumento adquiere tal carácter en el momento en que no se puede refutar su veracidad, por eso en el juego de la argumentación como en cualquier juego, hay un vendedor y un vencido; quien mejor sustente su posición (pretensión) demostrará el error o la falacia del otro; pues cada argumento tendrá diferente peso y la jugada ganadora será aquella que venza a los demás.

Señala además que debemos tener en cuenta que frecuentemente confundimos la actividad de argumentar con la de debatir o polemizar, ya que parecen ser iguales, pero el polemista se encuentre o no convencido de la idea que defiende, recurre al discurso o a cualquier instrumento para convencer, solo busca la adhesión  a sus ideas a las que llama argumentos.

Ahora bien, los argumentos o razones son la base de la actuación humana, pero también cualquier cosa puede ser una razón para actuar o para abstenerse de actuar, basado en mi deliberación (decisión o determinación) para actuar, ya que si tomo a X (argumento) para actuar o no actuar, esta se convertirá en una razón para mi conducta.





[1] (Martín, R. M. Verdad y Denotación, Tecnos, Madrid, 1962, p. 22)., citado por Rolando Tamayo Salmorán, Razonamiento y argumentación jurídica, el panorama de la racionalidad y la ciencia del derecho, Instituto de investigaciones jurídicas, serie doctrina jurídica número 121, México, 2003.

domingo, 1 de mayo de 2011

PERSPECTIVAS ARGUMENTATIVAS DE MANUEL ATIENZA Y CHAIM PERELMAN


PERSPECTIVAS ARGUMENTATIVAS DE MANUEL ATIENZA Y CHAIM PERELMAN.


En la actividad argumentativa, existen diversas teorías  para explicar entre otras cosas, en que consisten los argumentos jurídicos, así como  su validez  y utilidad práctica;  siendo en este caso  prudente  puntualizar sobre algunas teorías referidas por los Doctores  Manuel Atienza y Chaim Perelman.

Manuel Atienza refiere que existen  tres formas principales para entender la argumentación jurídica, y las clasifica en formal, material y pragmática.

Una argumentación es lógica cuando al evaluar y entrelazar dos proposiciones verdaderas obtenemos una tercera proposición derivada de las anteriores, conocida como conclusión

El argumento material es aquel que pretende justificar las premisas, no tanto en su estructura o validez, sino en estudiar las razones prácticas que le dan validez al propio argumento.

Considera además, dentro de su concepción pragmática  que la argumentación se trata de una actividad lingüística, puesto que se desarrolla  entre dos o más sujetos, y cuyo objetivo consiste en que el que transmite el mensaje convenza al receptor o receptores de su contenido.

El convencimiento juega aquí un papel importante, ya que el contenido del mensaje en este caso debe ser aceptado tal como se transmite, por eso es importante su estructura lógica y argumentativa.

Chaim Perelman señala que hay leyes que son oscuras debido a la vaguedad o ambigüedad de sus términos, lo que hace necesario que los doctrinarios realicen estudios que permitan definir de una mejor manera algunos términos legales que son controvertidos o que dan lugar a diversas interpretaciones. En el mismo sentido hace referencia respecto a la Jurisprudencia, ya que mediante ella se debe fijar en definitiva el sentido de los términos jurídicos, es decir que sean como ley definitiva,  siendo de esta manera posible la comparación del razonamiento jurídico con el matemático (de aplicación exacta).

Refiere además que la teoría de la argumentación es lógica porque a través de ella se analiza cual es la estructura de los argumentos jurídicos así como su valor, de tal manera que ésta lógica, a la que denomina nueva retórica  debe ser útil para tomar decisiones, pero estas deben estar basadas  en la adhesión que tiene el auditorio a las decisiones que toman los jueces.

De este modo Perelman señala que un argumento es más eficaz cuando al realizarlo se centra la atención en el carácter que tenga el receptor del mensaje argumentativo, pues éste debe aceptar el contenido del mismo, mientras que Manuel Atienza refiere que además de justificar los argumentos, al momento de transmitirlos se debe lograr el convencimiento del receptor que lo tome como válidos.

viernes, 22 de abril de 2011

UNA PERSPECTIVA DE EL ARTE DE AMAR DE ERICH FROMM.


AMOR A UNO MISMO Y AMOR A LOS DEMÁS.


Según Erich Fromm, existen premisas básicas que nos hacen actuar de una determinada manera. Tales premisas de comportamiento nos acompañan a lo largo de nuestra vida, desde la niñez en la que adquirimos nuestra personalidad, influenciada por el comportamiento y trato que recibimos principalmente de nuestra madre, que es la que nos guía con sus pensamientos y actos hacia lo que considera correcto, que sin saberlo nos marca con su actitud, pues de su trato hacia nosotros aprendemos y valoramos el trato con los demás; así si es evasiva nuestro carácter lo rebelará,  de igual modo si es amorosa y confiada, o si es conformista o descuidada. En muchos casos lo anterior no es determinante pero si influyente en el actuar cotidiano de cada persona.

Sin embargo, el amor a sí mismo es el pilar fundamental de toda relación humana, pues si se carece de éste, se es incapaz de actuar como persona,  actuaríamos como animales, sin sentimientos  o emociones, careciendo de la capacidad total  de sentir empatía hacia nuestros semejantes.


No solo los demás, sino nosotros mismos somos objeto de nuestros sentimientos y actitudes, las actitudes para con los demás y para con nosotros mismos, lejos de ser contradictorias son conjuntivas; lo que significa que el amor a los demás y el amor a nosotros mismos no son alternativas; el que se ama a sí mismo ama a los demás.

El amor genuino constituye una expresión de la productividad y entraña cuidado, responsabilidad, respeto y conocimiento. Por eso se considera un arte, pues no es un sentimiento aislado, es un compromiso que se adquiere con la persona o la cosa que se ama, requiere de nuestro cuidado y empeño, y por supuesto conocimiento, pues no se conoce lo que no se ama.

A diferencia de la persona que no se ama a sí misma, la persona egoísta sólo se interesa por ella misma, desea todo para sí, considera el mundo exterior sólo desde el punto de vista de lo que puede obtener de él, juzga a todos según su utilidad y es incapaz de amar.

Dice Fromm que el egoísmo y el amor a sí mismo, lejos de ser idénticos, son realmente opuestos, el individuo egoísta no se ama demasiado, sino muy poco; en realidad se odia.

Se odia porque se siente inferior, menos inteligente o guapo y menos capaz que otros, y para cubrir su carencia se encierra en sí mismo, se aleja de los demás ocultando sus defectos y resaltando los de otros.

Las sociedades, como unión de seres afines se construyen sobre valores y bases morales, y estos valores nacen precisamente del amor; tanto del amor a sí mismo, como del amor hacia los demás, ya que quien ama procura bienestar y armonía hacia sus semejantes, quien no conoce el amor genera caos, dolor egoísmo y angustia, es dañino para los demás.  Esta reflexión debemos hacerla todos, ya que somos codependientes de las actitudes de los demás, lo que hace uno nos afecta a todos, y entre mayor conciencia, conocimiento y amor tengamos el uno por el otro, mejor será la convivencia social.






martes, 5 de abril de 2011

EL LENGUAJE JURÍDICO



La palabra es un espejo de la realidad; con su sonido nos abre la puerta de una imagen que nos dice el estado de las cosas; sus rasgos, sus detalles, incluso aquéllos que nos negamos a ver apartando la mirada o trayendo en su lugar un silencio…”[1]

Desde el punto de vista del psicoanális, la palabra tiene una importancia tan relevante, que Freud y Breuer, dos de los representantes más importantes del psicoanálisis,  descubrieron  que muchos de los problemas psicológicos podían  tratarse a través de la liberación de palabras, que en la mente de sus pacientes tenían un significado profundo y asociado a diversas represiones;  descubriendo así el poder de la palabra.

La palabra es un concepto que utilizamos para designar algo, y cada palabra representa una cosa; aunque puede tener varios significados, le damos sentido y ubicación  a través del análisis del  contexto.  Podemos utilizar la palabra para expresar emociones, significados o  sentimientos, y también la usamos para desvirtuar otros significados, es  la forma más eficaz de representar una idea.

Los signos y los símbolos son fáciles de interpretar, ya que su significado es más general y su representación gráfica es única, sólo se puede interpretar en limitados contextos, mientras que las palabras tienen muy diversos significados, ya que dependen del lugar en que se dicen, de las circunstancias, del contexto e incluso en el tono en que se pronuncian.

El lenguaje es una construcción de signos, símbolos o palabras que usamos para expresar nuestros pensamientos o ideas. El lenguaje técnico, a diferencia del lenguaje común  se emplea  para comunicar  hechos o fenómenos específicos.

El lenguaje culto-jurídico, por ejemplo es utilizado por personas instruidas en la ciencia jurídica, y se caracteriza por una riqueza característica en el vocabulario, la pronunciación correcta y adecuada, y la utilización de mensajes con orden lógico.

Sin embargo, a pesar del uso correcto del lenguaje, dentro de la ciencia jurídica surgen controversias respecto a la forma de interpretar una determinada norma, ya que existen algunas palabras o verbos rectores a los que se les da  una diferente acepción.  Surgiendo así los problemas interpretativos como la laguna, antinomia e indeterminación.

En este sentido la laguna sucede cuando ninguno de los enunciados normativos de todo el sistema jurídico contempla el hecho controvertido. La antinomia sucede cuando  existe un enunciado que se controvierte con otro.
Mientras que la  indeterminación surge cuando existen dudas acerca del significado que hay que darle al texto normativo.

Para solucionar este tipo de problemas, se debe ampliar el campo de aplicación de un enunciado (llegando a los principios si es posible); en el segundo caso se puede optar  por el significado que en lo posible se adecue mas a la realidad, y por último, en el caso indeterminado, se debe justificar el significado normativo y la decisión que va a tomarse en el caso concreto.

De tal manera que al aplicar la ley, los jueces deben ajustarse al sentido o propósito intrínseco de la norma, tratando de entender la palabra o verbo rector sin desvirtuarlo o subjetivizarlo.


[1] http://walterjay.blogspot.com/

domingo, 3 de abril de 2011

UNA APROXIMACIÓN A LA HERMENÉUTICA JURÍDICA

La hermenéutica  consiste en realizar una interpretación  del conocimiento, con el objeto de darles validez hasta en tanto no sea destruida por otra interpretación que sea verificada

La  hermenéutica jurídica tiene como objeto la construcción de un discurso  acerca del conocimiento de la realidad jurídica, pretende explicar la interpretación como conocimiento de la realidad, indicando las diferentes formas en que se ha realizado,

Pretende explicar cómo se comprende o interpreta un fenómeno jurídico, es decir analiza las formas en que se realiza la interpretación jurídica.

Se sostiene que la investigación hermenéutica no parte de paradigmas, ya que todo está sujeto a investigación y ningún conocimiento es definitivo, ya que puede evolucionar o cambiar, todos los conocimientos generados están sujetos a crítica permanente, no consiste en tomar el conocimiento de lo comprendido, sino de crear nuevas posibilidades o métodos para comprender algo, y para ello  hace uso  del lenguaje, el método y el argumento.

El lenguaje está constituido por una serie de palabras, signos o símbolos que en conjunto expresan una idea. Estas palabras por sí solas no expresan algún concepto al receptor, y dependiendo  del contexto en el que se utilizan, van a tener distintos significados o interpretaciones; en este sentido  cuando una persona interpreta algún texto o cualquier otro objeto utiliza sus propias ideas y experiencias pero en consenso con el uso del lenguaje, es decir se debe tener un mismo concepto general acerca de la cosa que se interpreta.

Existen métodos como el convencionalista o consensual,  que consiste en una postura científica que toma el grupo de investigadores dedicados a una cierta materia o área de conocimiento  respecto del objeto de estudio, no se basa tanto en la comprobación mediante experimentos o por el sustento y demostración de sus proposiciones, sino en la aceptación del modo de interpretar y entender un objeto.

El falsacionismo planteado por Karl R. Popper sustenta que en el método inductivo no es posible llegar a postulados universales a partir de fenómenos particulares, esto debido a que no podemos contabilizar o tener un parámetro de  cuantos casos particulares hay que estudiar para llegar a una conclusión universal, y señala “todos los cisnes son blancos, y dado que siempre es posible la existencia de un  cisne negro”.  Mediante esta teoría se afirma que no existe una fuente última de conocimiento, y que éste aumenta a partir de los errores, por ello  no se puede llegar a conocer con certeza.


La teoría formulada por Imre Lakatos  critica la propuesta falsacionista planteada por Kart Popper, ya que una falsación en un enunciado básico no se podría considerar como probado, y de igual forma refiere que ningún enunciado o hipótesis son suficientes para falsear una teoría, ya que esta no se puede falsear empíricamente hasta que surja otra que sea considerada mejor. Esta teoría es llamada programas de investigación científica, y como principales postulados sostiene que una investigación científica se forma por reglas metodológicas; la unidad descriptiva del avance de la ciencia no es una hipótesis sino un programa de investigación; el programa de investigación contiene un núcleo firme que se integra de un reducido grupo de leyes o proposiciones de alto nivel de abstracción.

El anarquismo metodológico refiere que no deben existir reglas fijas que determinen el quehacer de la investigación, así como la no invarianza del significado de los significados que se determinan en su  contexto histórico y la necesidad de una lógica contextual o informal. Señala que las teorías científicas son criterios que determinan la forma de concebir el mundo, por lo que afecta todas las concepciones del individuo; también señala que el conocimiento avanza  mediante el contraste de teorías diferentes e incluso incompatibles.

La hermenéutica  no parte de un paradigma o de un grupo de paradigmas, sino de toda una filosofía, en la búsqueda crítica de la verdad, sustenta  que toda la verdad solo es una interpretación  condicionada históricamente, por eso no tiene límites ya que interpreta el conocimiento desde su origen y evolución.

FALACIA, SOFISMA Y ENTIMEMA

FALACIA, SOFISMA Y ENTIMEMA

Muchas veces nos ha pasado en la vida  cotidiana que tenemos un pensamiento que no es correcto o acorde a la realidad, pero tenemos la firme creencia que es cierto, realizamos conclusiones o deducciones a partir de una idea falsa, que construimos a través de la observación  y análisis de acontecimientos  que nos guían  a un pensamiento errado.  Lo mismo sucede en la ciencia, ya que se pueden formular hipótesis basadas en algún pensamiento o creencia, pero que al comprobarlos  y contrastarlos con otras teorías, resultan falsos.

El lenguaje natural es ambiguo, y en muchas ocasiones las estructuras de las oraciones también son ambiguas, ya que las palabras que utilizamos son imprecisas, pues estas pueden tener uno o varios sentidos o significados, dependiendo el contexto en el que se usen, y es precisamente el uso incorrecto del lenguaje lo que nos lleva a construir pensamientos incorrectos.

Un silogismo está constituido  por un conjunto de tres enunciados simples, infiriéndose la tercera premisa que es la conclusión de las dos anteriores.

También existen enunciados defectuosos, que surgen a través de un enlace o unión de palabras incorrectas, pueden generar mayor confusión cuando se utilizan algunos paralogismos de cuantificación, como son las frases: para todo a, existe un b que,   todos, ninguno ya que expresan generalidades. Es así como surgen la falacia, el sofisma y el entimema.

Falacia:

Proviene del inglés fallacy,  y significa que  una argumentación que no respeta una de las reglas que aseguran la validez del silogismo. Es una incorrección en el contenido de la construcción de las premisas o en el proceso del razonamiento.


Sofisma:

Es una conclusión falsa que se obtiene a través de dos o mas premisas  que son erróneas, pero que aparentan verdad.
También se usa el sofisma alterando alguna conclusión e interpretándola de manera errónea para pretender darle validez a una falacia.

Entimema:

Es enunciado en el que se han suprimido  alguna de las premisas o alguna conclusión que lo componen por considerarse  parte de esa misma premisa. La premisa general se puede omitir  ya que es bien conocida por los participantes en la interacción.

Por ejemplo -Tendríamos que dejar de mentir-  El maestro ha dejado de hacerlo-

Es un argumento que tiende a una conclusión, la cual sería deberíamos abstenernos de mentir.
Igualmente, si alguien expresa “tengo calor”, podría deducirse que necesita beber algo, o que quiere que encendamos el ventilador o aire acondicionado.

Estos conceptos son similares, pero existen  mínimas diferencias que nos permiten  verificar si  estamos planteando nuestros enunciados de una manera correcta, y la manera en que nos daremos cuenta de la veracidad o falsedad de nuestros  argumentos, es contrastándolos y tratando de falsear su contenido con argumentos que sustenten lo contrario a lo que planteamos, y si aún así subsiste nuestra premisa, entonces nuestra conclusión y argumento serán sólidos.