viernes, 22 de abril de 2011

UNA PERSPECTIVA DE EL ARTE DE AMAR DE ERICH FROMM.


AMOR A UNO MISMO Y AMOR A LOS DEMÁS.


Según Erich Fromm, existen premisas básicas que nos hacen actuar de una determinada manera. Tales premisas de comportamiento nos acompañan a lo largo de nuestra vida, desde la niñez en la que adquirimos nuestra personalidad, influenciada por el comportamiento y trato que recibimos principalmente de nuestra madre, que es la que nos guía con sus pensamientos y actos hacia lo que considera correcto, que sin saberlo nos marca con su actitud, pues de su trato hacia nosotros aprendemos y valoramos el trato con los demás; así si es evasiva nuestro carácter lo rebelará,  de igual modo si es amorosa y confiada, o si es conformista o descuidada. En muchos casos lo anterior no es determinante pero si influyente en el actuar cotidiano de cada persona.

Sin embargo, el amor a sí mismo es el pilar fundamental de toda relación humana, pues si se carece de éste, se es incapaz de actuar como persona,  actuaríamos como animales, sin sentimientos  o emociones, careciendo de la capacidad total  de sentir empatía hacia nuestros semejantes.


No solo los demás, sino nosotros mismos somos objeto de nuestros sentimientos y actitudes, las actitudes para con los demás y para con nosotros mismos, lejos de ser contradictorias son conjuntivas; lo que significa que el amor a los demás y el amor a nosotros mismos no son alternativas; el que se ama a sí mismo ama a los demás.

El amor genuino constituye una expresión de la productividad y entraña cuidado, responsabilidad, respeto y conocimiento. Por eso se considera un arte, pues no es un sentimiento aislado, es un compromiso que se adquiere con la persona o la cosa que se ama, requiere de nuestro cuidado y empeño, y por supuesto conocimiento, pues no se conoce lo que no se ama.

A diferencia de la persona que no se ama a sí misma, la persona egoísta sólo se interesa por ella misma, desea todo para sí, considera el mundo exterior sólo desde el punto de vista de lo que puede obtener de él, juzga a todos según su utilidad y es incapaz de amar.

Dice Fromm que el egoísmo y el amor a sí mismo, lejos de ser idénticos, son realmente opuestos, el individuo egoísta no se ama demasiado, sino muy poco; en realidad se odia.

Se odia porque se siente inferior, menos inteligente o guapo y menos capaz que otros, y para cubrir su carencia se encierra en sí mismo, se aleja de los demás ocultando sus defectos y resaltando los de otros.

Las sociedades, como unión de seres afines se construyen sobre valores y bases morales, y estos valores nacen precisamente del amor; tanto del amor a sí mismo, como del amor hacia los demás, ya que quien ama procura bienestar y armonía hacia sus semejantes, quien no conoce el amor genera caos, dolor egoísmo y angustia, es dañino para los demás.  Esta reflexión debemos hacerla todos, ya que somos codependientes de las actitudes de los demás, lo que hace uno nos afecta a todos, y entre mayor conciencia, conocimiento y amor tengamos el uno por el otro, mejor será la convivencia social.






martes, 5 de abril de 2011

EL LENGUAJE JURÍDICO



“La palabra es un espejo de la realidad; con su sonido nos abre la puerta de una imagen que nos dice el estado de las cosas; sus rasgos, sus detalles, incluso aquéllos que nos negamos a ver apartando la mirada o trayendo en su lugar un silencio…”[1]

Desde el punto de vista del psicoanális, la palabra tiene una importancia tan relevante, que Freud y Breuer, dos de los representantes más importantes del psicoanálisis,  descubrieron  que muchos de los problemas psicológicos podían  tratarse a través de la liberación de palabras, que en la mente de sus pacientes tenían un significado profundo y asociado a diversas represiones;  descubriendo así el poder de la palabra.

La palabra es un concepto que utilizamos para designar algo, y cada palabra representa una cosa; aunque puede tener varios significados, le damos sentido y ubicación  a través del análisis del  contexto.  Podemos utilizar la palabra para expresar emociones, significados o  sentimientos, y también la usamos para desvirtuar otros significados, es  la forma más eficaz de representar una idea.

Los signos y los símbolos son fáciles de interpretar, ya que su significado es más general y su representación gráfica es única, sólo se puede interpretar en limitados contextos, mientras que las palabras tienen muy diversos significados, ya que dependen del lugar en que se dicen, de las circunstancias, del contexto e incluso en el tono en que se pronuncian.

El lenguaje es una construcción de signos, símbolos o palabras que usamos para expresar nuestros pensamientos o ideas. El lenguaje técnico, a diferencia del lenguaje común  se emplea  para comunicar  hechos o fenómenos específicos.

El lenguaje culto-jurídico, por ejemplo es utilizado por personas instruidas en la ciencia jurídica, y se caracteriza por una riqueza característica en el vocabulario, la pronunciación correcta y adecuada, y la utilización de mensajes con orden lógico.

Sin embargo, a pesar del uso correcto del lenguaje, dentro de la ciencia jurídica surgen controversias respecto a la forma de interpretar una determinada norma, ya que existen algunas palabras o verbos rectores a los que se les da  una diferente acepción.  Surgiendo así los problemas interpretativos como la laguna, antinomia e indeterminación.

En este sentido la laguna sucede cuando ninguno de los enunciados normativos de todo el sistema jurídico contempla el hecho controvertido. La antinomia sucede cuando  existe un enunciado que se controvierte con otro.
Mientras que la  indeterminación surge cuando existen dudas acerca del significado que hay que darle al texto normativo.

Para solucionar este tipo de problemas, se debe ampliar el campo de aplicación de un enunciado (llegando a los principios si es posible); en el segundo caso se puede optar  por el significado que en lo posible se adecue mas a la realidad, y por último, en el caso indeterminado, se debe justificar el significado normativo y la decisión que va a tomarse en el caso concreto.

De tal manera que al aplicar la ley, los jueces deben ajustarse al sentido o propósito intrínseco de la norma, tratando de entender la palabra o verbo rector sin desvirtuarlo o subjetivizarlo.


[1] http://walterjay.blogspot.com/

domingo, 3 de abril de 2011

UNA APROXIMACIÓN A LA HERMENÉUTICA JURÍDICA

La hermenéutica  consiste en realizar una interpretación  del conocimiento, con el objeto de darles validez hasta en tanto no sea destruida por otra interpretación que sea verificada

La  hermenéutica jurídica tiene como objeto la construcción de un discurso  acerca del conocimiento de la realidad jurídica, pretende explicar la interpretación como conocimiento de la realidad, indicando las diferentes formas en que se ha realizado,

Pretende explicar cómo se comprende o interpreta un fenómeno jurídico, es decir analiza las formas en que se realiza la interpretación jurídica.

Se sostiene que la investigación hermenéutica no parte de paradigmas, ya que todo está sujeto a investigación y ningún conocimiento es definitivo, ya que puede evolucionar o cambiar, todos los conocimientos generados están sujetos a crítica permanente, no consiste en tomar el conocimiento de lo comprendido, sino de crear nuevas posibilidades o métodos para comprender algo, y para ello  hace uso  del lenguaje, el método y el argumento.

El lenguaje está constituido por una serie de palabras, signos o símbolos que en conjunto expresan una idea. Estas palabras por sí solas no expresan algún concepto al receptor, y dependiendo  del contexto en el que se utilizan, van a tener distintos significados o interpretaciones; en este sentido  cuando una persona interpreta algún texto o cualquier otro objeto utiliza sus propias ideas y experiencias pero en consenso con el uso del lenguaje, es decir se debe tener un mismo concepto general acerca de la cosa que se interpreta.

Existen métodos como el convencionalista o consensual,  que consiste en una postura científica que toma el grupo de investigadores dedicados a una cierta materia o área de conocimiento  respecto del objeto de estudio, no se basa tanto en la comprobación mediante experimentos o por el sustento y demostración de sus proposiciones, sino en la aceptación del modo de interpretar y entender un objeto.

El falsacionismo planteado por Karl R. Popper sustenta que en el método inductivo no es posible llegar a postulados universales a partir de fenómenos particulares, esto debido a que no podemos contabilizar o tener un parámetro de  cuantos casos particulares hay que estudiar para llegar a una conclusión universal, y señala “todos los cisnes son blancos, y dado que siempre es posible la existencia de un  cisne negro”.  Mediante esta teoría se afirma que no existe una fuente última de conocimiento, y que éste aumenta a partir de los errores, por ello  no se puede llegar a conocer con certeza.


La teoría formulada por Imre Lakatos  critica la propuesta falsacionista planteada por Kart Popper, ya que una falsación en un enunciado básico no se podría considerar como probado, y de igual forma refiere que ningún enunciado o hipótesis son suficientes para falsear una teoría, ya que esta no se puede falsear empíricamente hasta que surja otra que sea considerada mejor. Esta teoría es llamada programas de investigación científica, y como principales postulados sostiene que una investigación científica se forma por reglas metodológicas; la unidad descriptiva del avance de la ciencia no es una hipótesis sino un programa de investigación; el programa de investigación contiene un núcleo firme que se integra de un reducido grupo de leyes o proposiciones de alto nivel de abstracción.

El anarquismo metodológico refiere que no deben existir reglas fijas que determinen el quehacer de la investigación, así como la no invarianza del significado de los significados que se determinan en su  contexto histórico y la necesidad de una lógica contextual o informal. Señala que las teorías científicas son criterios que determinan la forma de concebir el mundo, por lo que afecta todas las concepciones del individuo; también señala que el conocimiento avanza  mediante el contraste de teorías diferentes e incluso incompatibles.

La hermenéutica  no parte de un paradigma o de un grupo de paradigmas, sino de toda una filosofía, en la búsqueda crítica de la verdad, sustenta  que toda la verdad solo es una interpretación  condicionada históricamente, por eso no tiene límites ya que interpreta el conocimiento desde su origen y evolución.

FALACIA, SOFISMA Y ENTIMEMA

FALACIA, SOFISMA Y ENTIMEMA

Muchas veces nos ha pasado en la vida  cotidiana que tenemos un pensamiento que no es correcto o acorde a la realidad, pero tenemos la firme creencia que es cierto, realizamos conclusiones o deducciones a partir de una idea falsa, que construimos a través de la observación  y análisis de acontecimientos  que nos guían  a un pensamiento errado.  Lo mismo sucede en la ciencia, ya que se pueden formular hipótesis basadas en algún pensamiento o creencia, pero que al comprobarlos  y contrastarlos con otras teorías, resultan falsos.

El lenguaje natural es ambiguo, y en muchas ocasiones las estructuras de las oraciones también son ambiguas, ya que las palabras que utilizamos son imprecisas, pues estas pueden tener uno o varios sentidos o significados, dependiendo el contexto en el que se usen, y es precisamente el uso incorrecto del lenguaje lo que nos lleva a construir pensamientos incorrectos.

Un silogismo está constituido  por un conjunto de tres enunciados simples, infiriéndose la tercera premisa que es la conclusión de las dos anteriores.

También existen enunciados defectuosos, que surgen a través de un enlace o unión de palabras incorrectas, pueden generar mayor confusión cuando se utilizan algunos paralogismos de cuantificación, como son las frases: para todo a, existe un b que,   todos, ninguno ya que expresan generalidades. Es así como surgen la falacia, el sofisma y el entimema.

Falacia:

Proviene del inglés fallacy,  y significa que  una argumentación que no respeta una de las reglas que aseguran la validez del silogismo. Es una incorrección en el contenido de la construcción de las premisas o en el proceso del razonamiento.


Sofisma:

Es una conclusión falsa que se obtiene a través de dos o mas premisas  que son erróneas, pero que aparentan verdad.
También se usa el sofisma alterando alguna conclusión e interpretándola de manera errónea para pretender darle validez a una falacia.

Entimema:

Es enunciado en el que se han suprimido  alguna de las premisas o alguna conclusión que lo componen por considerarse  parte de esa misma premisa. La premisa general se puede omitir  ya que es bien conocida por los participantes en la interacción.

Por ejemplo -Tendríamos que dejar de mentir-  El maestro ha dejado de hacerlo-

Es un argumento que tiende a una conclusión, la cual sería deberíamos abstenernos de mentir.
Igualmente, si alguien expresa “tengo calor”, podría deducirse que necesita beber algo, o que quiere que encendamos el ventilador o aire acondicionado.

Estos conceptos son similares, pero existen  mínimas diferencias que nos permiten  verificar si  estamos planteando nuestros enunciados de una manera correcta, y la manera en que nos daremos cuenta de la veracidad o falsedad de nuestros  argumentos, es contrastándolos y tratando de falsear su contenido con argumentos que sustenten lo contrario a lo que planteamos, y si aún así subsiste nuestra premisa, entonces nuestra conclusión y argumento serán sólidos.



domingo, 27 de marzo de 2011

INTERPRETACIÓN JURÍDICA

Métodos de interpretación jurídica.

INTERPRETACIÓN.-  Interpretar significa desentrañar el contenido o sentido de algo,  generalmente se realiza a partir de un objeto o cosa  que previamente se conoce,  y es mediante esta actividad que se va a dar un sentido objetivo a algo.

Cada persona puede interpretar las cosas de acuerdo a sus creencias, sus conocimientos previos, o incluso a partir de sus intereses. Por lo tanto,  no en todos los casos  surge la interpretación objetiva, en muchas ocasiones la subjetividad de la persona se encuentra presente al interpretar un objeto, pues lo entiende o explica a partir de su propio punto de vista.

En algunas cuestiones no es importante que se lleve a cabo un método propio para interpretar una cosa, sin embargo dentro del Derecho  se han creado diversos métodos que permiten interpretar la norma jurídica, dentro de ellos encontramos

Interpretación sistemática.- en el que se interpreta un enunciado normativo como un todo y no en forma aislada.

Interpretación armónica.- Se da debido a una correlación entre la norma y otros ordenamientos legales, en la que se  toma en cuenta todo el orden jurídico.

En la interpretación teleológica se busca desentrañar el verdadero espíritu o fin de la ley.

La interpretación funcional es ajustable a lo que resulte mas conveniente a nuestros intereses del caso en concreto, o lo que mejor se adecua a una situación determinada.

Sin embargo, no debemos perder de vista que la interpretación debe auxiliarnos al momento de aplicar la ley para resolver un caso concreto, y en este sentido encontramos dos  posiciones a las que debe enfrentarse el Juez, en una posición descriptiva o prescriptiva, la primera cuando existe dentro de la ley un procedimiento establecido para la resolución de un caso, y la segunda cuando se explican las razones por la cuales el Juez ha decidido resolver de tal o cual manera una situación determinada.

Las formas de interpretación expuestas arriba, son las más apropiadas dentro del ámbito jurídico; pero los jueces en la práctica, se enfrentan con casos que se clasifican como fáciles, difíciles y trágicos, su principal diferencia consiste  en que los casos fáciles consisten en la aplicación pura del derecho, en los casos difíciles se requiere de la interpretación ya que  ya la hipótesis del caso no se encuentra contemplada como tal en la ley, pero puede desprenderse de alguna disposición existente y válida en todo el ordenamiento jurídico, mientras que en los casos trágicos,  se debe realizar una ponderación de los bienes jurídicos tutelados, ya que no existe como tal una disposición que explique cual debe prevalecer sobre otro. La interpretación es una labor fundamental y de gran importancia, ya que la realizamos diariamente, y debemos saber elegir la forma correcta de interpretar, sin distorsionar el sentido y razón fundamental de la ley.

martes, 22 de marzo de 2011

ARGUMENTACIÓN, RETÓRICA E INTERPRETACIÓN JURÍDICA


Argumentación, retórica e interpretación jurídica.

La argumentación es fundamental, dentro de nuestra actividad como jurista es utilizada principalmente para llegar a un razonamiento correcto, bien fundado y motivado a través del análisis de diversas premisas para llegar a una conclusión, la cual debe ser correcta  es decir basada en  un razonamiento lógico.

En tanto la argumentación es una actividad lingüística que se origina del pensamiento, tiene estrecha relación con la retórica, ya que ésta última se concentra en la forma del discurso, en que éste sea bello  y agradable; mientras que la argumentación se centra en el fondo del argumento, en transmitir razones o proposiciones lógicas.


La retórica tiene entre sus etapas:

La etapa argumentativa o de invención, en la que a través del pensamiento se buscan argumentos pertinentes para el examen de una causa. Los manuales de retórica proponían técnicas que permiten inventar tales argumentos.

La etapa textual o de disposición, mediante la cual los argumentos que se han encontrado se ordenan,  en la que se analiza un argumento débil y hasta el final se analiza el argumento contundente, en el que se pueda convencer a la mayoría de las personas.

En la etapa lingüística  es en el que el argumento que se ha venido pensando puede construirse o elaborarse mediante palabras y frases que sean más entendibles al destinatario.

La memorización, que era utilizada principalmente porque los discursos que tenían como fin persuadir a los destinatarios se debían  realizar en público sin fallas o reticencias, lo que constituye la parte más importante de la retórica.

Finalmente la acción, en la que el orador tiene que expresar su discurso con movimientos y gesticulaciones  cuando sea necesario para que su argumento sea más creíble, tal como lo hace un actor al interpretar su obra.

“La argumentación tiene una cara cognitiva: argumentar es ejercer un pensamiento justo. Para llevar a cabo un recorrido  analítico y sintético se estructura un material; después, se examina  un problema, se reflexiona, se explica, se demuestra, a través de argumentos, razones, de pruebas. Se proporcionan causas. La conclusión de la argumentación es un descubrimiento, produce una innovación o, al menos, conocimiento.” “Quien argumenta despliega la intuición. Articula una lógica en un discurso, en una lengua que se domina en la que se expresa un pensamiento correcto, pero igualmente seductor, que puede ser serio o irónico, sin dejar de ser coherente”.[1]


Mediante el uso de la argumentación, se ha llegado a la creación y  evolución del derecho, pues a través de la actividad argumentativa se llegan a crear construcciones o teorías que se han ido sustentando o perfeccionando a través del tiempo, pues se afirma la veracidad de las hipótesis que componen dichas teoría, o se corrigen y se emplean nuevos argumentos más veraces.

En el uso de la argumentación, podemos encontrarnos con algunas falacias, que se constituyen por apreciaciones, declaraciones o deducciones falsas o erróneas, que generalmente son defendidas por un sofisma, que igualmente constituye la construcción de un argumento que se basa en premisas erróneas.

Es común que en nuestras actividades prácticas, nos encontremos con la utilización de diversas premisas falsas que los abogados de la contraparte utilizan para hacernos caer en el error, pues en su afán por ganar el caso, hacen una falsa interpretación de los preceptos legales para utilizarlos a su conveniencia. Por ello debemos distinguir la delgada línea que existe entre  la interpretación y la construcción del argumento.


[1] PLANTIN, Christian, La argumentación, editorial Ariel Practicum, España 2005, p. 25

domingo, 6 de marzo de 2011

CONCEPTO, JUICIO Y RAZONAMIENTO



El conocimiento, es el acercamiento  de una cosa u objeto que se obtiene primeramente a través de los sentidos, pero también a través de una serie de representaciones mentales que nos hacemos  de eses objeto, las cuales son diferentes para cada objeto que conocemos.

Ahora bien, existen tres diferentes formas de pensamiento, las cuales las constituyen los conceptos, proposiciones y razonamientos.

Los pensamientos, son precisamente esas representaciones internas  a las que llegamos a través de un trabajo de reflexión, con las que asociamos el nuevo objeto de conocimiento con la información que ya hemos adquirido anteriormente.

El concepto es la representación mental  de las notas, es decir (las características o cualidades especiales  de algo), que lo hacen diferente de otra serie de objetos. Para poder llegar a este proceso de  reflexión, debemos  realizar ciertas actividades indispensables en la psique, como la observación atenta del objeto que pretendemos conocer.  La abstracción es también una cuestión que debemos practicar, para lograr desprender las características únicas de la cosa, aislándola de todas las demás cosas. 

Asimismo se debe reflexionar, es decir discernir y cuestionarnos si en verdad entendimos las representaciones que en un principio nos hicimos respecto  del objeto, para que una vez realizados los dos pasos anteriores estemos seguros o más próximos al conocimiento real del objeto.

Existen diversas formas de clasificar a los conceptos, que nos ayudan para ubicar al objeto de conocimiento dentro de otros que pueden ser similares, se clasifican en subordinados y coordinados; serán subordinados cuando un concepto contenga al otro, por ejemplo en el concepto águila se ubica dentro del concepto subordinante de ave. 

También se clasifican en individuales, genéricos y específicos, son individuales cuando su extensión es una clase unimembre, pues ese concepto solo identifica a una sola cosa o individuo que no pertenece a un conjunto como tal; será  genérico cuando existan dos conceptos que pertenecen a una misma serie, en el que el primero tendrá mayor extensión, (es decir la clase de los elementos o individuos que comprende el propio concepto)   y el último será una especie de aquel.

Dentro de estas clasificaciones, existe una que se refiere a conceptos contrarios y contradictorios, la cual es una herramienta útil para el estudio de las ciencias sociales, en  nuestro caso, como juristas nos encontramos con conceptos contrarios y contradictorios.

Los conceptos contrarios son aquellos que se refieren a una misma situación o cosa pero desde perspectivas diferentes, por lo que en este tipo de conceptos existirá una tercera posibilidad que resultará de la interpretación o combinación de las  dos anteriores. Cuando debe aprobarse una ley por ejemplo, se discuten las ventajas y desventajas, entre los que están de acuerdo con su aprobación y los que no lo están, y cada una de las partes tendrá sus propios argumentos con los cuales  defender su postura, hasta que finalmente con el uso del raciocinio se llegará a una conclusión de la interpretación de los conceptos.


Los conceptos contradictorios son aquellos que se refieren a situaciones opuestas y entre ellos no se puede generar  una tercera posibilidad, por ejemplo  cuando expresamos el concepto ser o no ser, pues entre estos dos conceptos no cabe una interpretación o un término medio.  En la práctica jurídica, muchas veces nos enfrentaremos a este tipo de situaciones, en las que tenemos que interpretar y desentrañar los conceptos de cada una de  las normas o hechos que en cada caso se nos presenten, para procurar la mejor solución al conflicto que pudieran generar los conceptos  diversos.

El pensamiento, al ser una función mental compleja,  es representado por  conceptos, proposiciones o razonamientos.

El término lo constituye la expresión del concepto, se entiende como la forma oral, o escrita, o  mediante signos o símbolos con los que identificamos un objeto.  Su función específica es la comprensión del objeto expresado.

Ahora bien, una proposición la podemos definir como: algo de lo que podemos afirmar que es verdadero o falso, como una afirmación, y como resultado de una oración aseverativa o declarativa, que señala las características de algo.   Mientras que el juicio lo constituye la operación del entendimiento según la cual se compone y divide un concepto afirmando y negando.

Siempre debemos expresar la proposición  a través de algo sensible a lo que llamamos enunciado, siendo el enunciado la expresión lingüística de una proposición.

Es importante el  uso correcto del lenguaje, ya que es mediante oraciones gramaticales, como comenzamos a construir o relacionar conceptos, y si no usamos correctamente las palabras, corremos el riesgo nosotros mismos de no poder construir adecuadamente una nueva proposición. Este lenguaje también va a depender de la materia en que nos estemos enfocando.
El razonamiento  se realiza a través de la valoración de diversas proposiciones, es válido cuando la forma en que relacionamos conceptos es válida, formando premisas y conclusiones verdaderas.

Las conclusiones se forman por proposiciones que integran un razonamiento, que a su vez van generando premisas o ideas más específicas  que sirven de apoyo a la conclusión.

De esta forma es como sucede el proceso de pensamiento, el cual es importante tenerlo en cuenta y analizarlo para estructurar correctamente nuestras ideas, expresar nuestros pensamientos y generar nuevos conocimientos.