domingo, 6 de marzo de 2011

CONCEPTO, JUICIO Y RAZONAMIENTO



El conocimiento, es el acercamiento  de una cosa u objeto que se obtiene primeramente a través de los sentidos, pero también a través de una serie de representaciones mentales que nos hacemos  de eses objeto, las cuales son diferentes para cada objeto que conocemos.

Ahora bien, existen tres diferentes formas de pensamiento, las cuales las constituyen los conceptos, proposiciones y razonamientos.

Los pensamientos, son precisamente esas representaciones internas  a las que llegamos a través de un trabajo de reflexión, con las que asociamos el nuevo objeto de conocimiento con la información que ya hemos adquirido anteriormente.

El concepto es la representación mental  de las notas, es decir (las características o cualidades especiales  de algo), que lo hacen diferente de otra serie de objetos. Para poder llegar a este proceso de  reflexión, debemos  realizar ciertas actividades indispensables en la psique, como la observación atenta del objeto que pretendemos conocer.  La abstracción es también una cuestión que debemos practicar, para lograr desprender las características únicas de la cosa, aislándola de todas las demás cosas. 

Asimismo se debe reflexionar, es decir discernir y cuestionarnos si en verdad entendimos las representaciones que en un principio nos hicimos respecto  del objeto, para que una vez realizados los dos pasos anteriores estemos seguros o más próximos al conocimiento real del objeto.

Existen diversas formas de clasificar a los conceptos, que nos ayudan para ubicar al objeto de conocimiento dentro de otros que pueden ser similares, se clasifican en subordinados y coordinados; serán subordinados cuando un concepto contenga al otro, por ejemplo en el concepto águila se ubica dentro del concepto subordinante de ave. 

También se clasifican en individuales, genéricos y específicos, son individuales cuando su extensión es una clase unimembre, pues ese concepto solo identifica a una sola cosa o individuo que no pertenece a un conjunto como tal; será  genérico cuando existan dos conceptos que pertenecen a una misma serie, en el que el primero tendrá mayor extensión, (es decir la clase de los elementos o individuos que comprende el propio concepto)   y el último será una especie de aquel.

Dentro de estas clasificaciones, existe una que se refiere a conceptos contrarios y contradictorios, la cual es una herramienta útil para el estudio de las ciencias sociales, en  nuestro caso, como juristas nos encontramos con conceptos contrarios y contradictorios.

Los conceptos contrarios son aquellos que se refieren a una misma situación o cosa pero desde perspectivas diferentes, por lo que en este tipo de conceptos existirá una tercera posibilidad que resultará de la interpretación o combinación de las  dos anteriores. Cuando debe aprobarse una ley por ejemplo, se discuten las ventajas y desventajas, entre los que están de acuerdo con su aprobación y los que no lo están, y cada una de las partes tendrá sus propios argumentos con los cuales  defender su postura, hasta que finalmente con el uso del raciocinio se llegará a una conclusión de la interpretación de los conceptos.


Los conceptos contradictorios son aquellos que se refieren a situaciones opuestas y entre ellos no se puede generar  una tercera posibilidad, por ejemplo  cuando expresamos el concepto ser o no ser, pues entre estos dos conceptos no cabe una interpretación o un término medio.  En la práctica jurídica, muchas veces nos enfrentaremos a este tipo de situaciones, en las que tenemos que interpretar y desentrañar los conceptos de cada una de  las normas o hechos que en cada caso se nos presenten, para procurar la mejor solución al conflicto que pudieran generar los conceptos  diversos.

El pensamiento, al ser una función mental compleja,  es representado por  conceptos, proposiciones o razonamientos.

El término lo constituye la expresión del concepto, se entiende como la forma oral, o escrita, o  mediante signos o símbolos con los que identificamos un objeto.  Su función específica es la comprensión del objeto expresado.

Ahora bien, una proposición la podemos definir como: algo de lo que podemos afirmar que es verdadero o falso, como una afirmación, y como resultado de una oración aseverativa o declarativa, que señala las características de algo.   Mientras que el juicio lo constituye la operación del entendimiento según la cual se compone y divide un concepto afirmando y negando.

Siempre debemos expresar la proposición  a través de algo sensible a lo que llamamos enunciado, siendo el enunciado la expresión lingüística de una proposición.

Es importante el  uso correcto del lenguaje, ya que es mediante oraciones gramaticales, como comenzamos a construir o relacionar conceptos, y si no usamos correctamente las palabras, corremos el riesgo nosotros mismos de no poder construir adecuadamente una nueva proposición. Este lenguaje también va a depender de la materia en que nos estemos enfocando.
El razonamiento  se realiza a través de la valoración de diversas proposiciones, es válido cuando la forma en que relacionamos conceptos es válida, formando premisas y conclusiones verdaderas.

Las conclusiones se forman por proposiciones que integran un razonamiento, que a su vez van generando premisas o ideas más específicas  que sirven de apoyo a la conclusión.

De esta forma es como sucede el proceso de pensamiento, el cual es importante tenerlo en cuenta y analizarlo para estructurar correctamente nuestras ideas, expresar nuestros pensamientos y generar nuevos conocimientos.

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