sábado, 21 de mayo de 2011

OSCAR CORREAS

LENJUAJE E INTERPRETACIÓN  JURÍDICA

En el lenguaje cotidiano la gente suele usar palabras sin saber su significado real, sino solo por costumbre y porque han sido transmitidas de generación en generación; incluso  hemos aprehendido palabras incorrectas de las que tenemos la creencia  que usamos de una manera adecuada, sin sospechar siquiera lo equivocados que estamos.  Pueden existir ejemplos diversos para  corroborar lo anterior, solo basta con escuchar  atentamente como es que son empleadas estas palabras y  dentro de que contexto.

Este problema del uso inadecuado del lenguaje no escapa a la ciencia jurídica, sino todo lo contrario, pues nuestros ordenamientos en ocasiones presentan diversas ambigüedades  ya que una palabra nos puede remitir a uno o varios significados o interpretaciones diferentes, dependiendo el contexto .social, cultural o espacial en que se encentren, y en este caso el problema surgirá en el momento en que  queramos invocar la norma que contiene un concepto no claro o sujeto a diferentes interpretaciones.

Dado que el Derecho es una ciencia que se construye a través del uso e interpretación del lenguaje, existen diferentes teorías o autores que en este sentido pretenden resolver los problemas de aplicación práctica; el Doctor Oscar Correas, nos dice que el mundo del  derecho es un mundo del lenguaje, que es usado para dar coherencia a las actividades humanas, ya que mediante las palabras se les  da un significado, y es así como se les otorga un valor determinado, “las cosas son lo que el lenguaje dice que son”, porque expresan solo una determinada cosa o idea.

En este sentido, si tenemos en cuenta que el lenguaje es la fuente de construcción del derecho y como lo señala Oscar Correas el derecho es un factor de poder que existe en tanto es creado por alguien que lo detenta y  que existe en tanto éste poder lo dicta, dentro de una estructura en la que se entrelazan varios discursos.  El lenguaje  por eso en este caso es fundamental puesto que de esta manera no se esta al arbitrio del tribunal quien emite una resolución, pero luego la cambia dándole una diversa interpretación, señala también el autor en cuestión que en el discurso del derecho se ve implicado el sentido que le demos a algo, lo que crea incertidumbre . De manera que dentro del lenguaje y sus funciones, la hermenéutica, que como ya se ha señalado  la interpretación histórica y en conjunto para desentrañar el significado de algo, en este caso de la norma, que aunque su buena realización requiere una adecuada interpretación, debemos tener en cuenta que el lenguaje por cuestión cultural e histórica se ha deformado y no hacemos un uso correcto de el, e inclusive en muchas ocasiones está determinado por el contexto social, por lo que una palabra no significará lo mismo para un pequeño grupo o una localidad que para otro grupo con diferentes características.


Respecto a si existe una interpretación adecuada de la ley,  sostiene que todo va a depender de la ley de que se trate, ya que el sector social es el que debe sostener una imposición al respecto, ya que primero debe convencerse al sometido al que va dirigido la norma, ya que este debe estar plenamente convencido que existe una ciencia que señala cual es lo correcto y que no lo es dentro de la  aplicación de las normas.

2 comentarios:

  1. Me parece que tocas el tema por antonomasia de la dialéctica de la vida. Gadamer decía que en el mundo existen muchos mundos, y por ende cuando nacemos el mundo ya esta interpretado. El mundo ya esta reinterpretado donde existe un derecho son reinterpretaciones del mundo por un lenguaje.

    ResponderEliminar
  2. En el tercer párrafo, mencionas que el Derecho es una ciencia, aspecto en el cual difiero totalmente. El derecho no es una ciencia, es un producto en bruto del hombre que es susceptible de ser valorado científicamente, es decir, un lenguaje de segundo orden se puede encargar de sistematizarlo, describirlo y analizarlo científicamente pero, el Derecho en sí mismo no es ciencia.

    ResponderEliminar